Punto de Referencia: EL DERECHO NO ES CUALQUIER COSA. Por José Gregorio Hernández Galindo. Destacado

 

 

 

Todos los días, en nuestra época, en los medios de comunicación, el primer lugar de las noticias lo tiene el Derecho; un “derecho” que da lugar a constantes controversias y al que, por paradoja, se lo burla y se lo manipula. No siempre, pero se está convirtiendo en algo general que se tenga por “derecho” cualquier conjunto de frases deshilvanadas o de “razones” expuestas con fluidez verbal, mediante la hábil utilización del sofisma. Un “derecho” que no es DERECHO.
 
Ese primer plano lo tiene el Derecho -siempre controvertido y normalmente discutible-, bien porque un gobierno pierde un referendo o un plebiscito –Inglaterra, Colombia, Italia, en 2016-; bien porque, contrariando las encuestas, gana las elecciones el candidato que el establecimiento daba por “derrotado”, aunque, por exigencia del Derecho, ha de juramentar; bien porque, ante el auge del terrorismo –que en dos días de 2017 ha cobrado ya más de 150 muertos y numerosos heridos- es necesario que los Estados respondan con fuerza, pero sin quebrantar -es la teoría- los Derechos Humanos, los Tratados Internacionales, las libertades públicas, ni las instituciones-; o porque se aplica el “Impeachment” contra el elegido popularmente; o porque un Tribunal  Constitucional decide aceptar que la refrendación popular no necesariamente tiene que provenir del pueblo, y que es válido que un Congreso sustituya al pueblo en la toma de una decisión que corresponde a eso pueblo; o porque unos congresistas -no obstante sus límites constitucionales expresos- se auto modifiquen las exigencias que para reformar la Constitución le había impuesto el Constituyente; o porque, muerto el esposo, se controvierten los derechos pensionales de la cónyuge o los de una mujer no cónyuge con la cual convivió, y los derechos herenciales de los hijos; porque una pareja de homosexuales quiere adoptar y no se sabe en el caso concreto si proteger su derecho o el interés superior del menor;  o porque queda en libertad, pese a solicitud bien fundamentada de medida de aseguramiento, un incriminado por delitos graves, o camina libre por las calles un señalado responsable de masacres, o agresiones a menores; o porque un medio de comunicación acusa sin pruebas, o, a la inversa, se compromete a favorecer a determinado procesado, “lavando su imagen” ante la opinión pública. Porque asesinan a líderes sociales y de derechos humanos o a miembros de la Fuerza Pública; o porque prosiguen los delitos de secuestro y extorsión; o porque, mediante sorpresivas decisiones gubernamentales, “ajustan” el salario mínimo sin garantizar, al menos, la conservación del poder adquisitivo de la moneda; o por los muchos actos de corrupción.
 
Apenas unos ejemplos. Pero lo cierto es que, en todos esos casos, la existencia de criterios encontrados debe llevar a la definición por parte de alguien. Ese alguien es quien, según el Derecho vigente, goce de competencia para adoptar una decisión. Pero, desde luego, la decisión depende de lo que establezca por vía general y abstracta el Derecho, que debe ser interpretado por los jueces y magistrados. Pero los jueces y magistrados, aunque ya no son simplemente "la boca de la ley", como se proclamó por mucho tiempo, y tienen que buscar en las normas el entendimiento razonable, proporcionado, justo y equitativo que  merecen los hechos a la luz del Derecho, no pueden a su vez -so pretexto de interpretación- desconocer los principios fundamentales del Derecho, ni ir contra los valores que el Derecho consagra, ni poner el Derecho -manipulándolo- al servicio de intereses puramente particulares o de propósitos políticos de coyuntura. En suma, los jueces y magistrados no están en sus cargos para prevaricar sino para hacer Justicia, y para hacer valer los principios constitucionales.
 
Y, si -según el ordenamiento y el concepto mismo de Justicia-  no lo pueden hacer los jueces o magistrados, menos todavía pueden burlar los postulados del Derecho las otras ramas, ni los demás órganos y funcionarios del poder público. Ni los particulares.
 
Pero hemos visto que los principios así expuestos, sobre el necesario imperio del Derecho, son relegados por intereses menores, y sacrificados por la vía de argumentos ingeniosos pero no válidos. En virtud de los cuales, el Derecho está en realidad de espaldas a la Justicia, a la equidad, a la razón, porque alguien inventó un mecanismo para escapar del verdadero Derecho usando las líneas blancas de la Constitución o de las leyes, dando a las palabras significados extraños o inapropiados, y, en fin, esgrimiendo y sacando adelante un "derecho" desvirtuado, confuso e injusto.
 
Al menos en Colombia, se precisa reivindicar, y de manera urgente, el papel del Derecho en la sociedad, y –creemos- el concepto mismo de lo que es y significa el Derecho. Ya que se ha relativizado tanto que hoy nadie en Colombia sabe qué pensar en ningún caso.
 
El Derecho, por el contrario, no es “utilizable” para beneficio del poderoso o pudiente. Es independiente; es por definición, imparcial. Es el encuadramiento de los fenómenos sociales, económicos y políticos que tienen lugar en una sociedad, para organizarlos de conformidad con la idea de justicia; para regirlos; para aplicar a los hechos y a los actos unas consecuencias que procuren realizar valores, principios y normas que la misma sociedad se ha impuesto; para deducir con carácter objetivo responsabilidades, o imponer sanciones a quien las merezca y en la medida en que lo merezca, o declarar la exoneración de aquél contra quien nada se ha podido probar.
 
El Derecho no es cualquier cosa, ni “teoría que obstaculiza”, como muchos creen. Obliga a todos porque la comunidad lo necesita; porque lo requiere; porque es imprescindible para que la organización social subsista. La política, la economía, y todo cuanto en el seno de ella se desarrolla está supeditado al Derecho. Lo contrario es cáos y desgreño.
Modificado por última vez en Martes, 03 Enero 2017 11:47
Jose Gregorio Hernandez Galindo

Expresidente de la Corte Constitucional de Colombia y director de la publicación “Elementos de Juicio. Revista de Temas Constitucionales” y la emisora "lavozdelderecho.com".

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