El claro respaldo obtenido en las urnas por Iván Duque, tanto en primera como en segunda vuelta, va en la misma línea del triunfo del NO en el plebiscito del 2 de octubre de 2016 y se debe, entre otros motivos, a que los colombianos no estuvimos conformes con la manera como se desacató el veredicto del pueblo, ni con la caótica expedición de normas –de nivel constitucional y legal- a propósito de la denominada implementación del Acuerdo de Paz firmado con las Farc. Duque captó ese descontento.
No creo equivocarme al afirmar que tras esa votación a favor de Duque –más de diez millones de votos en segunda vuelta- está la solicitud popular de que el Presidente de la República, con la colaboración del nuevo Congreso, restablezca la vigencia del orden jurídico y ponga término a la inocultable crisis institucional que hoy se advierte, así como a la inseguridad jurídica que se ha generado, particularmente en materia de impunidad para numerosos crímenes de lesa humanidad y de guerra y sobre el ámbito competencial de la Jurisdicción Especial de Paz JEP.
Obviamente, no es posible, ni sería conveniente para la paz de Colombia, que el nuevo gobierno se propusiera destruir por completo lo acordado. De modo que nadie puede esperar que el 8 de agosto, tras la posesión de Duque, todo cambie automáticamente, en especial si se tiene en cuenta que todo ajuste no solo debe ser acordado entre las partes –porque las cosas se deshacen como se hacen- sino que las modificaciones han de sufrir los trámites propios de las reformas constitucionales y de las leyes respectivas, que están en vigor y en su mayoría han sido declaradas exequibles por la Corte Constitucional.
Es urgente que, mientras esos ajustes se tramitan, las partes cumplan lo pactado. Ha habido incumplimientos de ambas partes, y dificultades que se deben superar.
El caso “Santrich” demuestra a las claras que no hubo cuidado en la elaboración de las normas; que la JEP jamás ha debido independizarse de la jurisdicción ordinaria y que en estos asuntos la improvisación -para mostrar resultados- no es un buen procedimiento.
El Presidente Duque será seguramente quien deba resolver si extradita o no al ex guerrillero, siempre que la JEP defina como fecha de sus posibles delitos una posterior al 1 de diciembre de 2016, y que la Corte Suprema de Justicia emita concepto favorable a la extradición.
Como lo dijimos en el libro “Las dos caras del proceso de paz”, recientemente publicado, "Colombia tiene derecho a la paz y la debe buscar mediante el diálogo y la reconciliación, sobre la base del Derecho. Una paz genuina, real, sincera, integral, democrática y respetuosa del sistema jurídico y de los Derechos Humanos. No reducida al egoísta beneficio de unos pocos, ni lograda a cambio de la rendición del Estado, de la confusión de los poderes o de la ruptura del orden institucional. Una paz que no ha de reñir con la justicia ni desatender las decisiones del pueblo".
Hacemos votos porque así lo entiendan el Presidente electo y sus asesores, y porque todo se lleve a cabo dentro de los cauces constitucionales y sin traumatismos.