Editoriales (852)

CORTO TERMINO DE CADUCIDAD

23 Jun 2008
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De conformidad con el Código Contencioso Administrativo, la acción electoral caducará en 20 días contados a partir del siguiente a aquél en el cual se notifique legalmente el acto que declare la elección o  haya expedido el nombramiento de cuya nulidad se trata.

Según lo dijo la Corte Constitucional en la Sentencia C-781 del 13 de octubre de 1999, la caducidad no obstruye las posibilidades de acceso a la justicia, y tiene la finalidad de dar certeza a actos como los que declaran una elección o hacen un nombramiento, los cuales no pueden quedar suspendidos indefinidamente en el tiempo, so pena de vulnerar los derechos reconocidos por la propia Carta Política a los aspirantes a ocupar un cargo o a los funcionarios ya electos, y las garantías de la comunidad sobre la certidumbre en cuanto a quienes, por ejemplo, integran con carácter definitivo en un cierto período una corporación pública.

Creo que estos argumentos en relación con la permanencia de la caducidad en general para las acciones electorales siguen siendo válidos.

No obstante, viendo el caso de la “parapolítica”, en el cual todo se ha sabido o comenzado a saberse mucho tiempo después de caducada la acción electoral de los congresistas, surge la idea de plantear –si se quiere con carácter excepcional,  que tendría que ser delimitado por la norma-  un tiempo más amplio de caducidad cuando se tengan motivos serios para considerar que una determinada elección se llevó a cabo por injerencia de grupos armados ilegales  -de cualquier origen-,  o a partir del influjo ilícito de dineros de dudosa procedencia, o por prácticas corruptas de compra del voto de los electores.

Desde luego, se trataría entonces de ampliar las causas de nulidad, permitiendo que el Contencioso Administrativo, en el campo propiamente electoral  -con independencia del penal-  intervenga oportunamente (debería consagrarse un término breve para resolver), por cuanto cualquiera de las mencionadas vías quita toda legitimidad y validez a cualquier elección y desvirtúa el sentido democrático de la participación política.

Dejar en firme en un plazo tan corto como el actual toda elección, por razones de seguridad jurídica, es algo que debemos reconsiderar, buscando poner a tono el sistema normativo con las realidades que vive el país.  

Lo dicho no riñe con fórmulas como la que se propuso durante la malograda reforma política  -“silla vacía”-, sino que las complementa.
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UNA ALIANZA PREMATURA

18 Jun 2008
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Como es bien sabido, quien esto escribe no es partidario de la reelección presidencial; no lo fue en el año 2004, cuando se aprobó el Acto Legislativo de Yidis y Teodolindo, ni lo es ahora, cuando se busca por la vía del referendo una nueva modificación constitucional que permita reelegir al actual Presidente.

 

El motivo de esa discrepancia no guarda relación con el nombre, ni con la persona del Presidente, ya que se trata de una posición intelectual respecto a la reelección en sí misma, que no debería ser parte de una institucionalidad genuinamente democrática, toda vez que cierra las posibilidades de renovar el gobierno y cercena la igualdad entre los aspirantes, favoreciendo con todas las ventajas a quien ejerce efectivamente el poder.

 

Estas características perversas de la reelección se pueden apreciar hoy, a nivel institucional, en el fenómeno ostensible de la concentración del poder presidencial y en el control del Jefe del Estado -al participar decisivamente en su composición-  sobre organismos como la Corte Constitucional, la Junta Directiva del Banco de la República, la Fiscalía General, la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, para mencionar apenas algunos, neutralizando de hecho los frenos y contrapesos que según Montesquieu deben caracterizar al Estado de Derecho.

 

No obstante este criterio, nuestra concepción sobre el alto concepto de la política  -que no identificamos con la acción electorera, ni con el clientelismo, ni con las prácticas ilícitas de manipulación del electorado- nos impide compartir la actitud que en las últimas horas han asumido dirigentes de los partidos Liberal y Polo Democrático, quienes se han unido y buscan hacia el futuro profundizar esa unión, alrededor de un solo propósito: bloquear la reelección de Uribe.

 

La política, en el alto concepto que le corresponde  -que implica el conocimiento y decisión, desde diferentes vertientes ideológicas, sobre los grandes asuntos que interesan a la sociedad y al Estado, con miras a cristalizar en la práctica, en el Gobierno, los valores y principios que se profesan-  no puede circunscribirse al limitado objetivo de “cerrar el paso a alguien”, entre otras razones porque necesariamente ello ocasiona que ese alguien convoque la solidaridad de los votantes, al considerarlo perseguido y víctima de una conspiración.

 

Unirse tan sólo para atajar a Uribe, cuando ni siquiera existe hoy por hoy una norma constitucional que autorice la segunda reelección y cuando el Presidente, por tanto, no ha expresado oficialmente sus intenciones de candidatizarse, significa empequeñecer la política, despojándola de sus finalidades esenciales, y asumir una posición obstruccionista, que en esa medida es negativa, sin programas de gobierno y sin postulación de ideas.

 

Se habla de consultas entre los partidos proponentes, para unificarse desde ahora alrededor de un candidato que se enfrente a Uribe, lo que a nuestro juicio, fuera de ser prematuro, tendrá el efecto de precipitar a la vez la unión entre quienes simpatizan con la segunda reelección, logrando tal vez un propósito contrario al perseguido.

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SIN UN TEMARIO CLARO

17 Jun 2008
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Las calidades de sus integrantes, con independencia de si son todos uribistas o no, nos despierta cierta confianza acerca de lo que pueda hacer la comisión de ajuste convocada por el Presidente de la República.

 

No obstante, creemos que, siendo realistas, lo que salga de allí no parece ser de dimensiones proporcionadas al nivel de los comisionados.

 

En efecto, una reforma constitucional integral  -entendiendo que eso significa modificar, con una visión armónica,  con unos valores y principios esenciales y con un criterio unificado, el conjunto de preceptos fundamentales-  es algo que demanda tiempo y dedicación, si no se quiere caer en la mediocridad. De modo que descartamos esa posibilidad, por cuando una enmienda estructural de la Constitución no se puede hacer en pocos días.

 

Y son apenas 33 días, trabajando sábados y domingos, los que tienen los comisionados para elaborar un proyecto que se presentará a consideración del Congreso el 20 de julio.

 

De otra parte, no han sido trazados unos linderos a la actividad de la comisión, pero debemos entender  -a juzgar por los antecedentes inmediatos de la misma-  que el propósito básico de la actividad encomendada consiste en proyectar las normas constitucionales que sustituyan la famosa reforma política de la “silla vacía”, frustrada la semana anterior por decisión del Gobierno y por falta de independencia del Congreso.

 

Como esa comisión, aún con la respetabilidad de sus integrantes, no tiene atribuciones decisorias, y lo que construya debe ser aceptado por el Ejecutivo antes de llevarlo al Congreso, en realidad se ha constituido un grupo de amanuenses que solamente plasmará en lenguaje jurídico presentable lo que al Gobierno convenga desde el punto de vista político.

 

No parece que la idea consista en una contrarreforma constitucional, pues no creemos que personas tan serias pudieran comprometerse en semejante empresa en tan poco tiempo, y cuando la crisis actual está focalizada en el Congreso y su integración, lo que nos hace pensar que una de las primeras actuaciones del grupo de juristas deberá consistir en fijarse un temario.

 

La otra posibilidad consiste en que estemos nuevamente ante un espectáculo que nos distraerá durante algunos meses, para que no se hable tanto de “parapolítica” y “yidispolítica”, y que todo concluya en un proyecto lánguido que sólo la coyuntura del momento definirá si es aprobado, pero  sin mayores repercusiones hacia el futuro.

 

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SIGNIFICADO DE UN FRACASO

13 Jun 2008
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El hundimiento de la llamada “Reforma Política”  -una más, después de la que, con el mismo nombre, se introdujo en 2003-  tiene varios significados que vale la pena examinar:

 

-         Significa, ante todo, que la llamada “parapolítica”, con el alto número de congresistas detenidos o sometidos a proceso penal, sí ha afectado  -y de manera grave-  al Congreso como institución, pues en esta oportunidad, bien a través de los impedimentos aceptados, de las ausencias forzadas de los involucrados procesalmente, de las ausencias voluntarias (que son verdaderas faltas) de quienes sencillamente no quisieron acudir a las sesión de la Comisión Primera del Senado, ha sido la “parapolítica” la que, por paradoja, ha hundido la reforma constitucional contra la misma “parapolítica”.

 

-         Significa también que los miembros del Congreso, por lo menos varios de ellos, no están interesados en sanear la política, y probablemente les parece muy bien que las cosas sigan como están y que los grupos delictivos sigan influyendo en la elección de los congresistas.

 

-         Significa que el Gobierno Nacional, a pesar de lo que había dicho inicialmente en el sentido de apoyar la reforma, tampoco tenía intención alguna de hacer un corte claro y contundente que permitiera separar lo que viene pasando en la política colombiana de lo que en el futuro  -y como ideal-  quisieran los ciudadanos ver cristalizado en nuestras instituciones.

 

-         De la misma forma, significa que el gobierno tenía temor de que, al aplicar la “silla vacía” a partir de las decisiones judiciales de privación de la libertad y no del fallo condenatorio definitivo, se viera ostensiblemente disminuida su mayoría en el Congreso, y probablemente diezmada, dado el alto número de congresistas afectados por la “parapolítica” pertenecientes a los partidos que conforman la coalición uribista.

 

-         Significa, de otro lado, que las conveniencias políticas coyunturales prevalecen entre nosotros sobre los grandes propósitos nacionales, y aunque la reforma propuesta no era la panacea  -e incluso, quien esto escribe estima que el nombre de “reforma política” era demasiado grande para titular el contenido del proyecto-, al menos estábamos dando un paso hacía adelante en la urgente tarea de responsabilizar a los partidos y movimientos políticos por la escogencia de sus candidatos, y  -lo más importante-, de buscar una verdadera independencia del Congreso y una mayor transparencia de los procesos electorales.

 

-         Significa que los procesos de reforma constitucional en Colombia se adelantan según las motivaciones propias de la coyuntura, sin la indispensable seriedad en los propósitos, y sin un criterio coherente, de Gobierno, Congreso y sociedad acerca de la trascendental función que cumplen las cámaras cuando actúan como Poder de Reforma, o  -en el lenguaje de los tratadistas-,  como Poder Constituyente Derivado o Secundario. A tal punto llega la displicencia con la cual se mira tal función, que toda una reforma constitucional se arma, se desarma o se vuelve a armar en un desayuno.

 

-         Finalmente significa que el Congreso no se respeta a sí mismo como institución.

 

Ahora, el Gobierno constituye una comisión de juristas  -todos ellos muy respetables en el campo jurídico pero necesariamente inclinados políticamente hacia las convicciones del Ejecutivo-,  para que prepare un proyecto  -no sabemos muy bien sobre cuáles temas-,  que según se ha dicho será presentado al Congreso el 20 de julio.

 

Al respecto, debemos subrayar que esos juristas seleccionados no tienen capacidad de decisión, y que su trabajo no necesariamente será acogido por el Gobierno, de modo que, si se les ocurriera ser independientes e imparciales, el proyecto que preparen será depositado en los anaqueles de las universidades y probablemente se llenará de polvo.

 

De otra parte, tenemos que preguntarnos: ¿qué sentido tiene haber enterrado el proyecto que buscaba sancionar a los “parapolíticos” y a los partidos que auspician a los “parapolíticos”, si ahora se elaborará otro proyecto con el mismo objeto, al menos en apariencia?

 

¿O es que no se trata de eso sino de un proyecto de reforma constitucional que abarcará toda la Carta Política de 1991? Ello significaría que el Gobierno quiere aprovechar la coyuntura y la crisis generada por la “parapolítica” en beneficio de su anhelado proyecto de acabar  -en un mes-  con la Constitución de 1991, que le parece un fastidio.

 

Ahora bien: por ilustres que sean los comisionados, no parece que puedan hacer gran cosa en un mes largo de deliberaciones, aunque trabajen día y noche.

 

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