Es vital que entendamos que el derecho a la protesta no está en nuestro sistema legal como un derecho que flota por sí mismo y de manera individual, sino que se desprende de la misma definición de nuestro Estado Democrático Social de Derecho, como lo señalan los artículos uno y dos de la Constitución que promueven la participación de todos en las decisiones que los afectan, el derecho a la libertad de expresión, al derecho de petición, al derecho de asociación y al derecho a participar en el control del poder político - artículos números 20,23,38 y 40 de la Constitución Colombiana, respectivamente -, entre otros, que buscan el reconocimiento por parte del Estado de su función de garante de los derechos de su población y paralelamente decirle a esa población que eso derechos conllevan, necesariamente, a unos deberes cívicos de participación y control (artículo 95 de la Constitución Colombiana).
Como la mayoría de derechos, la protesta tiene unas delimitaciones, es decir que no es un derecho absoluto y que debemos movernos dentro del marco de actuación dispuesto. El derecho a la protesta nos habla de una protesta pacífica, que ampliaremos más adelante, y no está dentro de su espectro o no son causas legítimas para el ejercicio del derecho a la protesta: la propaganda de guerra, la apología al odio, a la violencia y el delito, la pornografía infantil, la instigación pública y directa a cometer delitos; por eso hay que tener claro que el derecho a la protesta no es un pase libre a las vías de hecho ni la motivación a la discriminación ni censura, y que el uso de la violencia en el desarrollo de la protesta conlleva a sanciones.
Teniendo claro lo que no cubre podemos ver eso que si cubre y es en realidad el derecho a la protesta en Colombia: la facultad que tiene el pueblo para reunirse y manifestarse de forma pública y pacífica sobre los temas que son de su interés como parte de lo que significa ser un Estado democrático, en donde la pluralidad y el respeto a la diferencia es crucial, no solo en la relación ciudadano - ciudadano sino ciudadano - Estado, por lo que el Estado, que es el principal garante de los derechos de su población, debe propiciar los escenarios para que la ciudadanía exprese libre y pacíficamente su postura, solicitudes, preocupaciones, etc., sin que sean reprimidos, coaccionados, violentados o perseguidos.
Infortunadamente, nuestro país se encuentra en un fenómeno sociopolítico bastante dañino, que es la polarización, y que nos ha llevado a calificar cualquier cosa bajo la óptica falaz de bueno o malo, amigo o enemigo, izquierda o derecha, uribestias y mamertos, y la lista sigue, haciendo que bajo esa premisa de ser afín a una corriente política según se exprese a favor o en contra de algo se proceda con la censura, la agresión, la persecución e incluso la muerte, cuando en realidad existe una gran variedad de posturas que se omiten, y lo más grave es que gracias a ese radicalismo que se alimenta de la desinformación y el fanatismo, hemos llegado a defender lo indefendible, a justificar y promover la violación de derechos humanos e ignoramos que como ciudadanos tenemos un deber constitucional que nos llama a hacer parte de las decisiones que afectan nuestros intereses sociales, políticos, culturales, económicos, etc., como parte del entendimiento de que los derechos conllevan a obligaciones como nos dice el artículo 95 constitucional.
Esto se reduce a que, en un estado social de derecho, democrático, debe tenerse clara la existencia de la responsabilidad que se desprende de nuestros derechos y la función de garante del Estado para materializar y proteger esos derechos, que para nuestros efectos se traduce en que los ciudadanos tenemos la obligación constitucional de estar pendientes y participar en las decisiones que nos afectan, que tenemos derechos individuales y colectivos, además de mecanismos de participación ciudadana y que el Estado debe garantizar nuestro acceso y ejercicio a estos, siendo las instituciones gubernamentales y oficiales las primeras en hacer posible el desarrollo de las protestas pacíficas y públicas, y bajo ninguna medida pueden ser quienes se encarguen de sabotearlas, perseguir a quienes participan en ellas, ni mucho menos apartarse de los protocolos y la ley que los regula para cometer delitos en contra de la población que se manifiesta.
Así que mi llamado es sencillo, evaluemos esos temas que nos están preocupando para ver qué mecanismos legítimos tenemos a la mano para lograr incidir en la toma de decisiones, para organizarnos pacíficamente a la hora de protestar (en cualquiera de sus presentaciones), y por supuesto, que las instituciones gubernamentales y los cuerpos uniformados se apersonen de su función y reconozcan que están sometidos al imperio de la ley, para que de forma conjunta logremos un avance y mejora de las condiciones de nuestro país.
No podemos dejar que nuestras afinidades políticas, o de cualquier otro tipo, nos cieguen a la hora de examinar la realidad de nuestra población y los hechos que no pueden ser tolerados por ningún Estado, así como tampoco podemos buscar las vías de hecho como medio para ser escuchados.
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