Opinion (2310)
“La paz no es patrimonio político de una persona”, dice Duque. Pero, impedir su pleno desarrollo parece que sí tiene dueño conocido.
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Una historia por contar sobre el Acuerdo de Paz es la de los eminentes juristas y líderes de opinión que indujeron, “sin querer queriendo”, el NO que ganó el Plebiscito al manifestar reiteradamente su desacuerdo con ciertos tramos jurídicos del proceso que se seguía en La Habana. Sus nombres se pueden explorar en los medios físicos y virtuales dentro del debate mediático que se dio.
Por supuesto, nos referimos a juristas y líderes de opinión no uribistas, pero de acendrados principios constitucionales que les impedían tragarse entero que en La Habana se quisiera dar carácter de “asamblea constituyente” a una comisión negociadora integrada por decreto del Ejecutivo. Indudablemente, esa argumentación jurídica fue la que llevó a Santos a convocar, sin necesidad, dicen algunos, el plebiscito que perdió… Y decimos “perdió”, porque fue él quien, confiando en que la gente preferiría vivir en paz que en guerra, lo abandonó a su suerte. Un Presidente que ya había obrado el “milagro” político de ser elegido en 2010 por la derecha, y reelegido en 2014 por la izquierda, perder un plebiscito por la paz, no tiene ni explicación ni olvido, de lógica.
Es probable que la verraquera del uribismo con el “traidor”, más la semilla sembrada sobre su posible inconstitucionalidad durante el proceso de instrumentación jurídica, hicieran causa común en las urnas para, en lánguida jornada electoral y apretadísimo resultado triunfara el NO.
Tras cinco años de cargar con el inri de habernos negado un plebiscito por la paz, tal vez los juristas y líderes de opinión sigan validando sus críticas, pero ya en silencio. Tal vez, incluso, les atraiga el forzado término acuñado por el uribismo, “paz con legalidad”. Pero es evidente que no comparten, ni antes ni ahora, los mismos motivos por los que el uribismo se opuso al proceso y posterior Acuerdo de Paz, y menos su obstinación de hacerlo trizas.
Si la crítica de los críticos de buena fe al proceso de negociación pudo haber inducido buena parte del NO al plebiscito, no fue, sin embargo, en vano. La expedición de la sentencia C-630/17 de la C/Constitucional, avalando el fast track como procedimiento legislativo especial, pero soslayando el pétreo blindaje del Acuerdo, que se pretendía con la expedición del acto legislativo 02/17, fue su triunfo, no reclamado, por supuesto.
Valga aclarar que C/Constitucional, al avalar el proceso, deja claro que sus términos son los precisados en la sentencia C-630/17 de la que se deduce que el Acuerdo Santos-Farc-Ep, no hace parte de la Constitución ni del bloque constitucional, y no se tiene que aplicar perentoriamente tal cual, es decir, puede ser ajustado a las circunstancias de modo, tiempo y lugar.
En síntesis, y sin pretender hacerlo trizas, algunos defienden que debe ser modificado o, por lo menos, imprimirle algún tipo de agilidad porque resulta grotesco que criminales de guerra y violadores confesos de derechos humanos sigan ocupando asiento campante en el Congreso a espera de un juicio por justicia especial que no llega; o, también, que se burlen de las víctimas y del país en pleno, rindiendo homenaje público a su más cruel comandante (Mono Jojoy), sin incurrir en apología del delito.
Tal vez, al compás de un Gobierno menos tocado por este sensible tema de la paz y la guerra, es decir, distante de Uribe-Santos, los verdaderos polos en este caso específico, se pueda potenciar o enmendar, desapasionadamente, los pros y contras del Acuerdo de Paz, que los tiene. Ojalá pudiéramos superar este obstáculo político el año entrante… Sería una bocanada de oxígeno para proseguir el camino de la reconstrucción nacional, volviendo los pasos sobre el desarrollo de un Estado social de derecho, que también tenemos pendiente.
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Fin de folio.- La ansiedad por resolver un problema que nos genera gran preocupación, puede volvernos ciegos ante lo obvio, como la mosca dentro de la botella.
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